A continuació hi ha dos textos que es refereixen bàsicament al mateix fet històric, el tractat de Corbeil, i que intenten analitzar, de manera més o menys rigorosa, els antecedents al fet, les conseqüències, i aspectes que s'hi puguin relacionar. Cal avisar que són extrets d'un bloc d'internet, i que el rigor històric, tot i que la retòrica sigui convincent, és força dubtós i tendeix a obviar els aspectes que no ajuden a sostenir la "veritat" que pretén demostrar cada text en aquest combat dialèctic. Per tant, ens servirà com a font per parlar de l'objectivitat o subjectivitat de la història però no com a font d'estudi de la realitat històrica aragonesa, catalana, espanyola, valenciana o francesa.
Text 1
El "saco de mentiras históricas" (como don Antonio Ubieto solía definir a los nacionalismos separatistas españoles) era la perfecta denominación de aquellas entidades medievales cuya paupérrima realidad histórica y humilde pasado no correspondían a la desbocada ambición presente de ser "nació" o "país independent". Por eso inventan y mienten su pasado.
Históricamente, la Cataluña actual no existió como entidad hasta la unificación de sus 8 condados por el emperador Carlos I en 1521.
Según el ordenamiento político internacional y su jurisprudencia, los condados catalanes fueron territorio francés, feudatario de los reyes francos y así fue hasta el 16 de julio de 1258, fecha del Tratado de Corbeil. En el mapa que se adjunta de la Biblioteca Nacional de París (1235) se puede observar que Cataluña ni tan siquiera existe: los ocho condados feudales de lo que hoy es Cataluña pagaban vasallaje a los reyes francos.
Durante toda la Edad Media Cataluña era solo una "Marca Hispánica" tributaria de los Reyes Carolingios hasta que en dicho tratado de Corbeil , 1258, entre San Luis Rey de Francia y Jaime I el Conquistador, acordaron que los Condados al sur de los Pirineos tributarían a la Corona de Aragón y los condados del norte a Francia.
Los 8 condados de la Marca Hispánica tuvieron plena jurisdicción hasta el siglo XV.
La única excepción fue el Condado de Barcelona que, por el matrimonio del Conde Ramón Belenguer IV en 1137 con Dª Petronila de Aragón, Barcelona quedó entonces incorporado a la Corona de Aragón pero sin variar su condición de condado.
Los 7 restantes condados (Besalú, Vallespir, Peralada, Osona, Empúries, Urgell y Cerdanya) mantuvieron su independencia hasta 1521, cuando el Rey de España Carlos I nombró Virrey de Cataluña al Arzobispo de Tarragona, don Pedro Folch de Cardona. Por lo tanto Cataluña no existió como región hasta esa fecha y, por lo tanto, no pudo actuar nunca antes como entidad histórica unificada.
Más aún, el Reino de Aragón estaba integrado por los territorios que hoy lo forman, más todo lo que es la actual provincia de Lérida, más una franja grande del río Ebro hasta el mar, que incluía a Tortosa como ciudad costera. Por lo tanto, podríamos decir que las ciudades importantes del Reino de Aragón eran Jaca (la primera capital que tuvo cuando aún era Condado), Huesca, Lérida, Zaragoza, Tortosa y Teruel. Todo eso era el territorio auténtico del reino cuya corona tenía don Jaime "el Conquistador".
El Tratado de Corbeil (1258) , escrito en latín y comienza con las palabras : "Es universalmente conocido que existen desavenencias entre el señor rey de Francia y el señor de Aragón , de las Mallorcas y de Valencia, Conde de Barcelona y Urgell, señor de Montpellier; por lo que el señor rey de Francia dice que los condados de Barcelona, Besalú, Urgell, etc... son feudos suyos ; y el señor rey de Aragón dice que tiene derechos en Carcasona , Tolosa, Narbona, etc....".
Por el Tratado de Corbeil, y siguiendo los consejos de algunos "hombres buenos", el rey francés Luis IX cede a Jaime I de Aragón los condados de la parte española y Jaime I le cede a Luis IX los condados de la parte francesa. Esa es la síntesis de lo firmado en el documento cuya importancia radica en que se firmó 29 años después de la reconquista de Mallorca y 20 años después de la del Reino de Valencia.
De esa fecha y tratado es fácil sacar dos conclusiones:
a) Si Cataluña no existía como tal era imposible que algo que no existe conquistase ni Valencia (1238) ni Mallorca (1229).
b) Si carecía de unidad política, jurídica y geográfica ¿cómo iba a tener unidad lingüística si lo que allí se hablaba era un mosaico de dialectos procedentes del PROVENZAL?
Lo dicho: hay que reinventar un pasado inexistente, echando mano de la ciencia ficción, para cuadrar ese saco de mentiras que ahora aspira a ser recetado "nació". Por chantaje de votos, of course.
Falso lo de Guifré el Pelós: aunque Carlos el Calvo le reconoció el derecho a la sucesión NO le reconoció el derecho a la independencia y, puesto que estaba ligado por lazos de parentesco a los monarcas francos (por ser hijo de Wifredo I) no se enfrentó a sus superiores francos y siguió sometido al rey franco de Aquitania y con buenas relaciones: los francos no le hubieran permitido separarse de Francia.
El Condado de Barcelona fue un dominio de condes EXTRANJEROS ejercido en comarcas españolas, ya que, en todo momento, los condes continuaron siendo oriundos EXTRANJEROS y sin que llegaran al trono oriundos españoles.
2-Los Condados de la Marca Hispánica eran comarcas españolas libertadas por los francos y dominadas por los francos e iban reuniéndose bajo el mando del Conde extranjero de Barcelona pero jamás pudieron considerarse una "nacionalidad". En cuanto revirtió su mando y gobernación a los españoles al integrarse en la Corona de Aragón, los MARCAHISPANISTAS recuperaron su condición de ESPAÑOLES.
3º. Le han engañado otra vez en eso de Ramon Berenguer y Petronila:
Cualquier historiador riguroso conoce, de sobra, que NUNCA Cataluña -que tiene su existencia a partir del siglo XV- fue un "principat". Cataluña fue tan solo CONDADO. Esto puede comprobarse facilmente leyendo las Crónicas del Rey Don Jaime. Por ejemplo, en la Colección Diplomática del Rey Don Jaime, de Ambrosio Huici (Valencia 1918) podemos leer que desde el documento del 19 de junio de 1217 hasta el 30 de octubre de 1274, entre los títulos del Rey figura el de "Comes Barcinone". La fórmula utilizada por Don Jaime en sus documentos desde el 28 de septiembre de 1238 es: " Nos, Jaime, por la gracia de Dios, Rey de Aragón, de Valencia de Mallorca, Conde de Barcelona y Señor de Montpellier.
La única referencia que utiliza el nacionalismo catalán para autodenominarse "Principat" la toman del matrimonio del conde catalán Ramón Berenguer IV con la hija de Ramiro II, el Monje, Rey de Aragón, la princesa aragonesa Petronila. Pero es una referencia FALSA.
En los documentos que contienen los pactos para el matrimonio de la futura reina aragonesa, doña Petronila, con el Conde de Barcelona se lee lo siguiente: " En el nombre de Dios. Yo Ramiro, por la gracia de Dios , Rey de los Aragoneses, doy a ti Ramón Berenguer , Conde y Marqués , mi hija como esposa, con todo el reino de los aragoneses , íntegramente , como mi padre el Rey Sancho o mis hermanos Pedro y Alfonso mejor en algo poseyeron y tuvieron… Esto te doy y concedo a los hijos de los hijos tuyos que FUESEN DE GENERACIÓN DE MI HIJA, en los siglos de los siglos... También sobre dichas cosas, yo Ramiro, rey de los aragoneses, doy y firmemente laudo a dicho Ramón, conde barcelonés, para que estas cosas que firmemente le doy y todas las que tenía, siempre las TENGA A MI SERVICIO Y FIDELIDAD en todo tiempo. AUNQUE TE ENTREGUE EL REINO, SIN EMBARGO, NO RENUNCIO A MI DIGNIDAD". "Lo que es hecho en el Castellar de Zaragoza, el 13 de noviembre de 1137, en presencia de muchos nobles hombres del reino de los aragoneses".
Por lo tanto en ningún momento el rey Ramiro II le otorga al conde la dignidad de Rey. Ramón Berenguer fue conde "consorte" de la princesa Petronila, nunca fue Rey ni príncipe. Por otro lado, el invento de "principado" surge a partir del reinado de Pedro el Ceremonioso que en 1350 promulgó una pragmática sobre "el nuevo sistema cronológico, aplicable a todos los lugares del Principado de Cataluña." (Hª de España "Menendez Pidal, Tomo XIV. Prólogo). A partir de entonces el nacional-catalanismo usa dicha denominación, pero es un título sin "príncipe". Una anomalía jurídica sin entidad efectiva .Un título de papel porqué jamás ese inventado "principado" ha estado más que en los escritos fantásticos de los historiadores nacional-catalanistas.
Autor (pseudònim del blog): Wenceslao de Aguafuerte
Font: http://almogavares.foros.ws/t1361/marca-hispanica-catalana-y-tratado-de-corbeil-1258/
Text 2: Rèplica
De mano ya digo que quienes quieran ser una nación tienen que mirar al presente y al futuro. No hay más justificación que la voluntad popular. Buscar legitimidad en el pasado es, aunque común a muchos nacionalismos, absurdo. Pero sea como fuere, lo que aquí se dice está manipulado.
Lo cierto es que los condados catalanes ya llevaban varios siglos siendo independientes en la práctica (desde 988): a quien estuvieron sometidos fue al Imperio carolingio, del cual el rey de Francia se consideraba sucesor. Es por esta autoproclamación que el rey de Francia se consideró desde siempre señor de territorios sobre los que, como rey de Francia, nunca había ejercido su autoridad, como eran los condados catalanes, aragoneses y occitanos. Esto es, repito, porque varios siglos antes su supuesto antecesor, el emperador carolingio, sí ejerciera su soberanía sobre tales territorios. Sin embargo, el avance del feudalismo y la consiguiente fragmentación llevó a estas tierras a la independencia (entendamos, sin embargo, esta independencia de forma distinta a la presente); en todo caso no existe constancia de que, desde la llegada al poder de los Capetos, ningún conde catalán les prestase juramento (y, por tanto, tampoco llegaron más tributos a París). Sin embargo, al extinto imperio carolingio sobrevivieron sus leyes, y esas leyes decían que la Marca hispánica correspondía a los francos. Lo que se trató en Corbeil fue que, a cambio de un enlace dinástico (entre Elisabeta, hija del conde-rey Jaume I, y Felipe, heredero del trono francés) el rey francés Luís IX renunciaba a sus derechos sobre las tierras al sur de los Pirineos, mientras Jaume I renunciaba a su área de influencia tras de estos (exceptuando el Rosellón, el condado de Carlat y Montpellier). No hay pues, ninguna cesión, sino renuncias respectivas formalizadas. Cada uno queda con lo que tenía. De poco valió este tratado, si vemos la multitud de intentos franceses de apoderarse de Cataluña. En conclusión, en Corbeil se consiguió un independencia "de iure", ya existente mucho antes "de facto".
Sobre lo que dices de la inexistencia del catalán, es tan incosistente per se que ni pierdo el tiempo rebatiéndotelo (ahora resulta que sabrás tu más que historiadores y filólogos...). Simplemente decir que el catalán viene directamente de latín, y no tiene más semejanzas con el provenzal (occitano) que las que tienen dos lenguas en contacto fronterizo.
Igualmente me parece arriesgado decir que los titulares de los condados en que se dividía la Marca hispánica fueran francos, tratándose de una zona en la que los Hispanogodos tenían muy asentado su poder.
El término "Catalunya" es previo al siglo XV. Se usa para designar a los territorios bajo dominio del Condado de Barcelona, cuyo órgano normativo eran las Cortes de dicho condado (ante las cuales el rey de Aragón debía jurar lealtad si quería ser conde; si no, no). La primera referencia a "Catalunya" la encuentro en las Cortes de Barcelona de 1283, en que sea habla de "Universidad de Catalunya" para definir los territorios que abarcan (donde no se incluyen, de verdad sea dicha, territorios de la actual Cataluña vasallos del reino de Aragón -importante no confundir "reino de Aragón" con "Corona de Aragón"). El conde Pere II (más conocido por los españoles como Pero III de Aragón), establece en estas cortes que "si nosotros y nuestros sucesores queremos hacer una constitución o estatuto en Cataluña, los someteremos a la aprobación y al consentimiento de los prelados, barones, caballeros y de los ciudadanos...". Vemos, pues, que el término Cataluña es usado con normalidad, más concretamente por su propio soberano, por lo que sin saber cuándo comienza su existencia, sabemos que fue al menos antes de 1283. Por último, en el Privilegio de anexión de Mallorca a la Corona, en 1286, se menciona la "Corona Aragonum et Catalonie" (termino del que se hace eco la nacionalcatalanísima -hablo irónicamente-, Enciclopedia Aragonesa).
En cuanto al Principado, la primera referencia es en el Usatge 65 de las cortes barcelonesas de 1064, llamándose "Principatus" a los territorios sobre los que el conde de Barcelona ejercía su autoridad en el momento (condados de Barcelona, Girona y Osona). A ese mismo conde de Barcelona (Ramón Berenguer I) se refieren como "Princeps Barchinonensis" (príncipe de Barcelona) en unas Actas de Consagración de la catedral de Barcelona en 1058. Este título "princeps" (principal, caudillo, soberano) debemos entenderlo como que en el territorio que gobernaba no había nadie por encima de él, siendo por tanto un príncipe de la cristiandad. de todas maneras, la primera vez que se habla de "Principat de Catalunya" (Principatus Cataloniae) es en las cortes de Perpinyá, en 1350.
Autor (pseudònim del blog): Gonzalo Pelaiz
Font: http://almogavares.foros.ws/t1361/marca-hispanica-catalana-y-tratado-de-corbeil-1258/
Una de les coses que pot sobtar és com un mateix fet, que se suposa que ha de ser objectiu als ulls d'un historiador, acaba derivant en dues interpretacions tant diferents. La història no ha estat mai objectiva ja que sempre s'ha tenyit del color dels ulls de qui l'ha observat i l'ha escrit. En aquest cas, queda clar com, a partir d'un sentiment ideològic o polític, es manipula, cap a un costat i cap a l'altre, un fet històric. Evidentment és un cas portat a l'extrem i molta vehemència, però serveix per il·lustrar com la història pot canviar segons qui la mira, com un mateix fet, amb un filtre de fanatisme, pot induir a relatar de manera inexacte, i obviant altres fets que també són essencials, de forma premeditada per justificar o fonamentar una aspecte determinat. Que no sorprengui, ha succeït sempre, només cal anar a buscar certs relats hiperbòlics d'Herodot sobre les guerres mèdiques, textos de Titus Livi que tendeixen a justificar el poder imperial romà, o fragments condescendents respecte als indígenes de fra Bartolomé de las Casas durant la conquesta d'Amèrica (curiosament nosaltres parlem de "descobriment d'Amèrica" a Sud-Amèrica es parla de "conquesta", ¿què és més objectiu?).